Un Registro para los agentes involucrados en la Segunda Oportunidad

T

al y como dicta la ley, el registro podrá ser consultado por «las personas que tengan interés legítimo en averiguar la situación del deudor (…), así como las Administraciones Públicas y órganos jurisdiccionales habilitados legalmente para recabar la información necesaria para el ejercicio de sus funciones».

Es decir, la lista podrá ser consultada por tres tipos de agentes sociales:

  • Administraciones Públicas,
  • Bancos (ante una petición de crédito, por ejemplo) o
  • Posibles clientes y proveedores del futuro emprendedor (en el caso de autónomos o empresarios)

¿Qué es y cómo funciona el nuevo Registro Público Concursal?

Mejorar la publicidad de los concursos de acreedores garantizando la información, coordinada y completa, para el general conocimiento de todos los interesados en estos procedimientos universales de insolvencia. El registro afecta a todos los Concursos de Acreedores personas jurídicas y la Segunda Oportunidad para personas físicas.

El objetivo del registro publico es:

  • Mejorar la seguridad jurídica de los concursos (incluidos los procedimientos preventivos),
  • Garantizar una mayor agilidad procesal y
  • Dotar de la máxima accesibilidad a la información concursal.

Básicamente el Registro Público Concursal es una fuente de información jurídica esencial. Su cometido es facilitar gestiones y permitir a acreedores, bancos, administraciones públicas, socios comerciales, consumidores, y en general a cualquier otro interesado acceder a una información oficial y fiable sobre casos de insolvencia. Garantizando el principio de unidad de información concursal.

En ningún caso es equivalente a un fichero de morosidad (como puede ser el ASNEF), ya que su finalidad es otra de naturaleza bien distinta.

Como salir del ASNEF
ACÓGETE A LA LEY

Entrada cedida por EMPIEZA DE CERO
Ver artículo original